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miércoles, 17 de agosto de 2016

30 COSAS QUE COMO ABOGADO, ME IRRITAN DE UN JUEZ




30 COSAS QUE COMO ABOGADO, ME IRRITAN DE UN JUEZ

No siempre hay cordialidad entre abogado y juez. A veces, es todo lo contrario. El magistrado José Ramón Chaves se pone en el lugar de un abogado -que un día fue- y revela las treinta cosas que más irritan a los abogados de los jueces.

En ocasiones, en el curso de un juicio oral alguna actitud o decisión del juez provoca malestar, desazón o irritación en el abogado que soporta con la contención que impone el lugar y el respeto a los intereses de su cliente.
Puesto en el papel de abogado, que lo he sido, expondré las 30 cosas o actitudes de un juez que como abogado me resultan irritantes, durante la celebración del juicio o vista oral, bien entendido que las expongo como situaciones puntuales, con visos de caricatura y para provocar la sonrisa, aunque como siempre con un poso de amargura porque al que ha sufrido ocasionalmente alguna de las situaciones, maldita la gracia que le hará.
Veamos:

1. Que obligue a ser puntual a las vistas aunque no predique  con el ejemplo.

2. Que no escuche…y que se le note.

3. Que me obligue a repetir lo mismo varias veces porque noto que no atiende… y que no demuestre darse por enterado.

4. Que me mire con desgana mientras hablo o mira hacia un punto perdido.

5. Que frunza el ceño como si le estuviera hablando de los problemas de Ganímedes.

6. Que guarde silencio cuando le toca hablar y responda con monosílabos cuando pregunto.

7. Que durante toda la vista oral no se haya molestado en tomar una nota ni examinar los autos.

8. Que el juez bostece con disimulo.

9. Que me trate como un humilde pecador que acude ante el confesionario donde le aguarda el obispo.

10. Que en vez de zanjar una cuestión previa o prioritaria la posponga hasta sentencia por argucias procesales.

11. Que no se  fije en los detalles pese a que insisto, enfatizo, subrayo y grito…como profeta en el desierto

12. Que pida la siguiente pregunta al testigo cuando este no ha acabado de responder.

13. Que me diga “Sea breve” o “Vaya concluyendo” cuando apenas he empezado a exponer mi alegato.

14. Que considere impertinente mi testigo o mi pregunta cuando no ha captado su importancia porque no me ha dejado explicarlo.

15. Que crea que mis alegatos se han improvisado y sin esfuerzo.

16. Que cuchichee con el secretario judicial mientras hablo.

17. Que tutee al abogado contrario mientras me trata con distanciamiento.

18. Que sonría maliciosamente pensando que cobro mas que él.

19. Que se dedique a escudriñar con parsimonia el expediente mientras un interminable silencio cae sobre la Sala y la tensión se eleva.

20. Que la telepatía me dice que el juez tiene prisa por acabar este juicio.

21. Que no me regale, delante de mi cliente, ni un sencillo gesto de asentimiento mientras hablo.

22. Que demuestre falta de memoria cuando un asunto idéntico ante él siguió criterios probatorios y decisiones distintas.

23. Que acepte mi minuta y sentencias con la misma actitud que los folletos publicitarios en el metro.

24. Que me de la palabra como si fuera la última cena del condenado a muerte.

25. Que la sentencia llegue tarde y mal.

26. Que la sentencia no se entienda…ni por el vencedor ni por el vencido.

27. Que el juez crea que por tener la última palabra, tiene la razón.

28. Que el juez crea que una toga con puñetas y unos membretes dan la ciencia que solo proporcionan libros y experiencia.

29. Que me diga lo gran abogado que soy antes de poner una sentencia contraria a mis intereses.

30. Que te diga sonriente que, “si lo desea, puede recurrir”.

Pero lo que mas me irrita, es que si el abogado se convierte algún día en juez…¡ incurre en los defectos que criticó!

Y por supuesto que el lector puede añadir mas situaciones si las ha padecido…


VER TAMBIÉN: 20 CONSEJOS PRÁCTICOS PARA EJERCER LA ABOGACÍA CON ÉXITO.

En su día me atreví a ofrecer 20 consejos prácticos para ejercer la abogacía con éxito, y me temo, que tras lo expuesto debo añadir el veintiuno:

CONSEJO 21: Demostrar inteligencia emocional respecto del juez que no la demuestra, y en consecuencia no perder de vista que lo importante es el cliente y el caso confiado, demostrando su autocontrol ( ese es el reto) en el foro  y grandes dosis de empatía.  

Así, durante el juicio, pese a percibir alguna conducta desconsiderada o señal impropia, el abogado ha de controlar la irritación porque si se deja germinar y crecer, le perjudicará a él y los intereses de su cliente:

En primer lugar, el abogado alimentará prejuicios hacia el juez y posiblemente esa percepción le desviará del núcleo jurídico del debate ( lo que aprovechará el abogado contrario).

En segundo lugar, el abogado inconscientemente tendrá “el gatillo rápido” y la tendencia a respuestas precipitadas en una suerte de “legítima defensa” (lo que conduce al desahogo instantáneo y la decepción a medio plazo).

Y en tercer lugar, el incidente puede alimentar la idea de que el juicio está perdido y dejar al abogado privado de entusiasmo, o lo que es peor, contribuir con su pasividad a que la fatal profecía de la derrota se cumpla ( siempre hay sorpresas, ya que no siempre lo que parece lo es y menos en el foro).

Pero insistiré una y mil veces: estamos hablando de patologías y no de reglas generales.
                       (J.R. CHAVES)


sábado, 17 de mayo de 2014

PELICULAS DE ABOGADOS.- VEREDICTO FINAL.


PELICULAS DE ABOGADOS.- VEREDICTO FINAL.

Un abogado alcohólico encuentra el modo de redimir sus errores con un caso de grave negligencia médica. Un aparente caso sencillo con acuerdo de las partes, donde un sobervio Paul Newman (abogado de una de las partes) decide jugarselo todo al veredicto final.



domingo, 6 de noviembre de 2011

derecho penal. politica penitenciaria


Jueces y catedráticos estudian cambios legislativos y penitenciarios para encarar el fin de ETA y favorecer «un clima de paz social»
Diario de Noticias, 2 Nov. 2011, Editorial LA LEY

El Gobierno ha destinado una partida de 35.000 euros a un proyecto que estudia cómo puede encarar el Derecho Penal el final de ETA y que propone conceder a los condenados por terrorismo el mismo trato que reciben los presos comunes con el fin de favorecer «un clima de paz social».
El Ministerio de Ciencia e Innovación ha subvencionado este proyecto de investigación que, bajo el título '¿Qué puede aportar el Derecho Penal para el final del terrorismo de ETA?', ha reunido a catedráticos, abogados y jueces, como el magistrado de la Audiencia Nacional Ricardo de Prada o el juez central de Vigilancia Penitenciaria José Luis de Castro.
El equipo de investigación y sus colaboradores tiene un horizonte de tres años para presentar las conclusiones de la memoria, aunque ya ha comenzado a sentar las primeras bases. Pese a que el proyecto se desarrollará entre 2012 y 2014, su coordinador, Antonio Cuerda, ha reconocido que el comunicado de cese definitivo de la violencia anunciado por ETA obliga a «trabajar más rápido» a los expertos.
«Se trata de un proyecto para demostrar que no estamos en nuestra torre de marfil, sino que nos preocupamos por los temas candentes y reales de la sociedad», ha explicado en declaraciones a Europa Press el catedrático de Derecho Penal de la Universidad Rey Juan Carlos, Antonio Cuerda.
La máxima que ha inspirado este proyecto se sustancia en conceder las mismas medidas --»ni más perjudiciales ni más beneficiosas»-- al colectivo de presos de ETA. «El terrorismo ha merecido un trato mucho más duro que otros delitos y no tiene sentido esa mayor dureza, habría que ir a un principio de mayor igualdad entre delitos comunes y de terrorismo», ha añadido.
La violencia perpetrada por ETA durante más de cuatro décadas ha llevado a otorgar medidas más restrictivas de derechos fundamentales para los condenados por terrorismo así como a endurecer el Código Penal en este tipo de delitos, por lo que una disolución de la banda tendría que ir acompañado también de medidas legislativas, judiciales, penitenciarias o de gracia.
ES «DISCRIMINATORIO» QUE PIDAN PERDÓN
Así lo piensa el responsable de la investigación Antonio Cuerda, convencido de que estas actuaciones facilitarían la reinserción de los presos de ETA y el logro de la «pacificación social». «Son delincuentes, eso no lo discutimos, han matado y han asesinado pero tendrían que recibir el mismo trato, no hay motivos para beneficiarles ni para perjudicarles», defiende.
Preguntado sobre la mayor peligrosidad que tienen estos reclusos --que han estado sujetos a las directrices de una organización terrorista-- frente a otros presos comunes, responde que las personas dedicadas individualmente al tráfico de drogas o a la trata de blancas también son «muy peligrosas y no se les pide que se arrepientan» del daño causado para obtener la libertad condicional.
«¿Por qué el violador no tiene que pedir perdón para obtener la libertad condicional?», se pregunta el catedrático, que considera que también existen «muchos motivos» para que lo manifiesten a las víctimas y cree que exigir el arrepentimiento sólo a los terroristas es «desigual» y «discriminatorio».
El proyecto también ve «injustificado» que los presuntos terroristas puedan permanecer en periodo de incomunicación hasta un máximo de cinco días o que se les prive del derecho a nombrar abogado de su elección. «Los delincuentes comunes no sufren tales limitaciones», afirma sobre las contempladas en los artículos 520 bis y 527 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para estos detenidos, a quienes se les designa abogado de oficio.
INDULTOS Y ELIMINACIÓN DEL ENALTECIMIENTO DEL TERRORISMO
En política penitenciaria, propone aumentar la concesión de la libertad condicional para todos los reclusos que cumplan las condiciones, habida cuenta de que sólo el 9 por ciento la alcanza, y acercar a los internos a su lugar habitual de residencia con el fin de cumplir con los fines de reeducación y reinserción social previstos en la Constitución.
Aunque considera que una amnistía general --como piden los simpatizantes de ETA-- es una «línea roja» que el Estado de Derecho no debe cruzar, sí piensa que cabría la posibilidad de conceder indultos individuales en función del recorrido y el comportamiento de cada interno.
Por otra parte, Cuerda también se muestra favorable a eliminar el delito de enaltecimiento del terrorismo del Código Penal. «Celebrar un atentado es una barbaridad pero no añade gravedad al hecho delictivo», indica, para explicar que si este ilícito pretende evitar una incitación al delito se podría castigar como una forma de proposición o provocación; mientras que si se trata de proteger el honor a las víctimas podrían castigarse como un delito de injurias.
Entre otras medidas, plantea modificar la legislación vigente para poner fin a la no prescripción de estos delitos y considera conveniente revisar la 'doctrina Parot' porque puede ser «un obstáculo de cara a la reinserción».
LAS VÍCTIMAS NO PUEDEN SER «JUEZ Y PARTE»
Es consciente de que las asociaciones de víctimas pueden pensar que estas medidas son contrapartidas al final de ETA pero hace hincapié en que sólo defiende la concesión de un trato «igualitario», «ni mejor ni peor» que el de otros reclusos. Las posturas de los afectados por el terrorismo son «legítimas y entendibles» pero, ha dicho, «no pueden dictar las líneas de la política legislativa» porque «no van a ser imparciales». «No pueden ser juez y parte».
El equipo investigador pretende dar a conocer sus conclusiones a los partidos políticos y hacerlas públicas en un libro y en un congreso que reuniría a representantes de la Fiscalía y de la Judicatura.
Al ser preguntado sobre su confianza en que el Gobierno que salga de las urnas las lleve al Parlamento, el catedrático ha señalado que los mandatarios políticos «no pueden no hacer nada ni mirar hacia otro lado» ante el fin de la banda terrorista, sino que tienen que gestionar este fin.-Infomó Europa Press